La veda del conejo continua abierta por emergencia
A pesar de que este domingo, día 9 de septiembre, acabó el periodo de caza estival del conejo (conocido como la media veda), los cotos con daños que estén ubicados en cualquiera de los 26 términos municipales declarados en emergencia, podrán seguir cazando esta especie con el propósito de reducir al máximo sus poblaciones y prevenir daños en la siguiente campaña agrícola.
Desde que el pasado día 11 de julio se publicó en el BOJA la Resolución de 27 de junio de 2012, de la Dirección General de Gestión del Medio Natural, por la que se declara el área de emergencia cinegética temporal por daños de conejos en varios términos municipales de las provincias de Cádiz, Córdoba, Jaén, Málaga y Sevilla, quedaron habilitadas estas medidas.
Esta Resolución, que estará vigente hasta el 31 de mayo de 2013, establece medidas excepcionales para poder cazar el conejo de cara a combatir los daños que causa en la agricultura en 26 términos municipales de nuestra provincia, que son: Aguilar de la Frontera, Baena, Benamejí, Bujalance, Cabra, Cañete de las Torres, La Carlota, Castro del Río, Córdoba (la zona situada al sur de la línea definida por el río Guadalquivir), Encinas Reales, Espejo, Fernán Núñez, Lucena, Montalbán de Córdoba, Montemayor, Montilla, Monturque, Moriles, Nueva Carteya, Palenciana, Puente Genil, La Rambla, Santaella, Valenzuela, La Victoria y Villa del Río.
En estos términos municipales, y siempre dentro de terrenos cinegéticos (cotos), se podrán llevar a cabo los siguientes métodos de captura:
1. Captura en vivo con hurón y redes (toda la temporada).
2. Captura en vivo mediante capturadero (toda la temporada).
3. Armas de fuego. El período hábil se amplia desde el 10 de septiembre al 6 de octubre y desde el 3 de diciembre al 28 de abril, siendo hábiles todos los días de la semana. El titular cinegético velará especialmente por no perjudicar al resto de las especies silvestres. El número máximo de cazadores será de quince por cada 250 hectáreas en cada jornada, pudiendo incrementarse en dos más por cada fracción de 100 hectáreas. Para el empleo de perros, el período hábil será el comprendido entre el 15 de agosto y el 10 de febrero, no pudiendo utilizarse más de tres perros por cazador.
4. Uso de aves de cetrería. Los períodos y días hábiles se ajustarán a lo establecido para armas de fuego.
Todos los cotos que vayan a llevar a cabo estas medidas de control excepcionales fuera de los periodos hábiles de caza (o sea, en las épocas de veda) deberán notificarlo a la Delegación Provincial de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente, aportando una serie de documentos y datos para llevar a cabo el control de forma correcta. El Departamento Cinegético de Asaja Córdoba tramitará las solicitudes.
Asaja Córdoba tras la sectorial de viña celebrada el pasado jueves solicitará a la Administración que estudie la posibilidad de adoptar otro tipo de medidas de control de conejos que resuelvan la grave problemática en la que se encuentran los viticultores, que han sufrido este año perdidas, valoradas en más de 2 millones de euros. Se recomienda cazar el conejo de la forma más intensa durante estas fechas, así como durante el periodo general de caza, de cara a que cuando llegue la época de reproducción de la especie ya hayan finalizado las cacerías y se haya logrado el control poblacional sin tener que actuar sobre la especie en esos periodos.